VILENCIA DE GÉNERO / VIOLENCIA MACHISTA

 VIOLENCIA MACHISTA


01.- Implementar un Plan Estatal de Lucha contra las Violencias Machistas con una dotación anual de 600 millones de euros. Así, tomaremos como una cuestión de Estado la libertad y la reparación de las mujeres que sufren violencias machistas, lo cual implica la garantía de que los procesos de denuncia y judiciales tengan perspectiva de género y de que el conjunto de profesionales que intervienen en ellos tengan la formación necesaria, entre otras medidas, a través de una mejora y ampliación del sistema VioGén que incremente la seguridad de las mujeres, e implica también que la carga de la vigilancia y el control recaigan sobre los agresores.Asimismo, implementaremos con carácter inmediato el Pacto de Estado contra la Violencia de Género, al tiempo que trabajamos para promover un horizonte de prevención más ambicioso.


02.- Poner en marcha un Plan Integral de Compensación, Reparación y Recuperación de la Autonomía para mujeres que padecen violencias machistas. Este plan incluirá una prestación de garantía de vida para mujeres víctimas de violencias machistas, destinada a evitar que la falta de autonomía económica sea un factor que perjudique la salida de una relación de violencia machista de cualquier tipo.La prestación supondrá un mínimo equivalente al salario mínimo interprofesional (900 euros) durante 6 meses prorrogables, que se incrementará según el número de personas que cada mujer tenga a su cargo.


03.- Garantía de alternativa habitacional inmediata para las mujeres que sufren la violencia machista y para los niños, niñas y adolescentes a su cargo. Implementaremos un plan de empleo específico para mujeres mayores de cuarenta y cinco años y para mujeres que se encuentran en riesgo de exclusión social.


04.- Actualizar la definición de violencia machista para que recoja todas las formas de violencia contra las mujeres. La definición actual se encuentra limitada a la violencia ejercida por parejas y exparejas, lo que priva de una protección equiparable al resto de mujeres que sufren violencia, por ejemplo, por parte de desconocidos o de jefes y compañeros de trabajo.Por eso se actualizará esta definición conforme a lo que exige el Convenio de Estambul y se diseñarán medidas para que estas protecciones puedan extenderse a las mujeres que se enfrentan a la discriminación interseccional.


05.- Protocolos obligatorios contra las violencias machistas y la LGTBIfobia. Se implementarán estos protocolos para prevenir tanto las violencias machistas como la LGTBIfobia en las Administraciones Públicas y en los centros de trabajo de más de 50 trabajadores.


06.- Crear una asignatura de feminismos. La educación es la principal herramienta para transformar las relaciones de desigualdad que están en el origen de las vulneraciones de la libertad sexual, por lo que los contenidos feministas serán transversales a lo largo de toda la educación y se creará una asignatura de feminismos en la educación pública, para lo cual se contará con la comunidad educativa, porque educar en igualdad es una de las prioridades de nuestra sociedad.


07.- Instaurar la paridad en las Administraciones Públicas y en los organismos financiados con dinero público. La redacción actual de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres solo establece la paridad en estos casos como una recomendación y tenemos que conseguir que la paridad sea efectiva en nuestras instituciones y en las que financiamos con nuestro dinero.En el plazo de cuatro años, los distintos órganos públicos, como el Consejo de Ministros y Ministras, tribunales de justicia como el Tribunal Supremo —donde la proporción de mujeres no llega al 15 %— y las entidades cuya financiación proceda en una proporción relevante de dinero público, como la Real Academia de la Lengua —donde solo hay 8 mujeres en 46 sillones—, deberán tener una composición paritaria.De no ser así, se retirará la financiación pública.



08.- Disfrutar de nuestra libertad sexual. Todas las personas tenemos derecho a no ser objeto de violencias sexuales, así como a no sufrir discriminación por nuestra orientación sexual o por nuestra identidad o expresión de género.Para garantizar este derecho, se pondrá un énfasis especial en la educación afectivo-sexual dentro del sistema educativo.


09.- Pasar del «No es no» al «Solo sí es sí». Aprobaremos una ley para la protección de la libertad sexual de todas las personas y la erradicación de las violencias sexuales, que garantizará que las mujeres tengan el mismo derecho que los hombres a ocupar el espacio público y privado sin sentir miedo a ser violadas y que todas las personas puedan ejercer su sexualidad con libertad.Esto significa colocar el consentimiento en el centro del debate político en torno a las relaciones sexuales, pasar del «No es no» al «Solo sí es sí» y que esta sea la pauta que se siga en cualquier relación.


10.- Ampliar los derechos de personas lesbianas, gais, trans, bisexuales e intersexuales. Es necesario construir un horizonte en el que ninguna persona pueda ser discriminada ni por su orientación sexual ni por su identidad de género o expresión de género.Para ello, aprobaremos dos leyes: una contra la discriminación por motivos de identidad de género y orientación sexual de las personas lesbianas, gais, trans, bisexuales e intersexuales, en la que se tendrán en cuenta también las dificultades específicas de las personas que forman parte de un colectivo tan amplio; y otra, una ley integral sobre la protección jurídica de las personas trans y el derecho a la libre determinación de la identidad y expresión de género, que incluirá la garantía de acceso voluntario a un acompañamiento sanitario profesional bajo criterios no patologizantes, la inclusión de su atención en el Sistema Nacional de Salud o la implementación de planes de empleo, entre otras medidas.


11.- Reconocer la diversidad familiar. Protección real de las distintas realidades familiares elegidas con libertad, con medidas de apoyo a la adopción a familias LGTBI, reconocimiento de la filiación de las parejas de mujeres lesbianas y protección jurídica de las nuevas formas de convivencia estables sin ser pareja.